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Inicia Periodo de Vacaciones para el SAT.

Con la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, se dieron a conocer los día inhábiles para el SAT, para los efectos del artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.

 

Periodos de vacaciones para el SAT

Son días inhábiles para el SAT

17, 18, 21, 22, 23, 28, 29 y 30 de diciembre de 2020.

24 y 31 de diciembre de 2020.

4 y 5 de enero de 2021.

6 de enero de 2021


En estos días, no se computan plazos y términos legales, en actos, trámites y procedimientos que se sustancian ante las unidades administrativas del SAT.

Esto no afecta las guardias que deben mantenerse para la operación y continuidad en el ejercicio de facultades.

 

Te dejamos el enlace para consulta:

https://bit.ly/3h25gQY

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