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REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR 2017. VERSIONES ANTICIPADAS (modificaciones, adiciones y derogaciones)

El 24 de abril de 2017 el SAT dio a conocer algunas modificaciones, adiciones y derogaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2017.

 

Ø  Dentro de los beneficios para la industria automotriz se derogó que el aviso que las empresas o manufactureras de vehículos presentan ante la Administración General de Grandes Contribuyentes para realizar la destrucción de mercancía obsoleta, dañada o inservible. Igualmente, fue eliminada la regla sobre la retención del IVA en arrendamiento a extranjeros. (Regla 4.5.31)

Ø   Las empresas con programa IMMEX cancelado, ahora podrán presentar el aviso para prorrogar el plazo otorgado por la Secretaría de Economía para cambiar de régimen o retornar al extranjero mercancías importadas temporalmente ante la ACAJACE para obtener por única vez, una prórroga de seis meses, contados a partir del vencimiento del periodo concedido por dicha Secretaría. (Regla 4.3.6)

Ø      También fueron modificados los Anexos 1 “Formatos de Comercio Exterior”; 1-A “Trámites de Comercio Exterior”; 10 “Sectores y fracciones arancelarias”; 21 “Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías”; 22 “Instructivo para el llenado del Pedimento” y 26 “Datos inexactos u omitidos de las Normas Oficiales Mexicanas contemplados en la regla 3.7.20”.

Ø      Los agentes aduanales, importadores y exportadores deberán registrar ante la ACAJA todas las cuentas bancarias, a través de las cuales efectúen los pagos, para facilitar la presentación de los servicios. (Regla 1.6.3)

Ø    Para ofrecer un óptimo desempeño en los servicios aduanales inherentes al despacho de mercancías y así promover mayor eficiencia en el flujo del comercio internacional habrá horarios para la entrada a territorio nacional para ciertas fracciones. (Regla 2.1.2)

 

Ø      Las empresas de la industria automotriz que se encuentren ubicadas en la franja o región fronteriza y que enajenen partes y componentes a las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte ubicadas en el resto del territorio nacional, podrán efectuar traslados de dichas mercancías al resto del país, siempre que presenten el formato “Aviso para el traslado de autopartes a la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte” ante la ACAJACE. (Regla 4.3.10)

 

 

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Documents/1er_RMRGCE_240417.pdf

El presidente Donald Trump firmó el 18 de abril de 2017 una orden ejecutiva para que las agencias federales apliquen la retórica “Buy American, Hire American”

Dicha orden busca reforzar las protecciones de ciertos productos fabricados en Estados Unidos. Trump dijo que esto ayudara a promover agresivamente y usar bienes fabricados en Estados Unidos

La orden ejecutiva, sin embargo, no toma acción directa para cambiar fundamentalmente ninguna de las partes, en lugar de iniciar una serie de revisiones y evaluaciones y llamando a los departamentos federales a comenzar a proponer reformas a los programas. La orden enviaría una señal clara a las agencias federales responsables de hacer cumplir los programas en las que la administración quiere ver una postura más agresiva, dijeron las autoridades.

Las agencias federales deben evaluar su cumplimiento con las leyes de Buy American, ya que el uso de exenciones (waivers), está afectando los trabajos domésticos y la manufactura.

La porción de “comprar estadounidense” de la orden ordena a las agencias llevar a cabo una “revisión del desempeño de arriba hacia abajo” del uso de las exenciones y pide leyes más estrictas de cumplimiento relativas a la compra de bienes fabricados en Estados Unidos por el gobierno federal y el uso de hierro y acero fabricados en Estados Unidos en proyectos apoyados por fondos federales.

“Estamos hoy en una competencia global por empleos y, la mejor manera de hacer que Estados Unidos tenga éxito en este ambiente es armar a nuestra gente con las capacidades técnicas que les permitan ganar ese concurso global para la prosperidad”, dijo Nicholas Pinchuk

 

También dentro de los 150 días, el Departamento de Comercio y la Oficina del Representante de Comercio de los Estados Unidos deben evaluar los impactos de todos los Tratados de libre comercio de los Estados Unidos y del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio sobre la operación de leyes Buy American.

ACUERDO que modifica al diverso que determina las reglas para la aplicación del Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles.

El 6 de Enero de 2017, la Secretaría de Economía publicó, en el Diario Oficial de la Federación, un ACUERDO que modifica al diverso que determina las reglas para la aplicación del Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles.

El 31 de diciembre de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles con el objeto de establecer beneficios para el apoyo de la competitividad de la industria terminal productora de vehículos automotores ligeros nuevos, establecida en México, así como los requisitos para obtener dichos beneficios.

El 30 de junio de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo que determina las Reglas para la aplicación del Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles.

Entre los trámites que regula dicho Acuerdo se encuentran las solicitudes de autorización y de renovación de registro como empresas productoras de vehículos automotores ligeros nuevos en México previstos en el Decreto mencionado en el primer considerando.

El Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2013, tiene como propósito la optimización en el uso de los recursos públicos, el uso de nuevas tecnologías de la información y comunicación, y el impulso de la transparencia y la rendición de cuentas.

La implementación de un Sistema para la realización de trámites relacionados con el registro y renovación como empresas productoras de vehículos automotores ligeros nuevos en México, contribuirá al cumplimiento de digitalizar los trámites y servicios del Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado (CNTSE), con base en el objetivo de establecer una estrategia digital nacional que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del conocimiento, previsto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018

Sexto Protocolo Adicional al Apéndice II del Acuerdo de Complementación Económica No. 55 (ACE No. 55)

El 28 de diciembre de 2016, la Secretaría de Economía publicó, en el Diario Oficial de la Federación, un acuerdo por el que da a conocer la entrada en vigor del Sexto Protocolo Adicional al Apéndice II del Acuerdo de Complementación Económica No. 55 (ACE No. 55). Lo anterior, con objeto de conocer los Índices de Contenido Regional que se aplicarán a diversas autopartes hasta el 19 de marzo de 2019.

 

El 9 de marzo de 2015, se suscribió, en Rio de Janeiro, Brasil, el Quinto Protocolo Adicional al Apéndice II del ACE No. 55 entre México y Brasil, de conformidad con lo siguiente:

Se establecen los cupos de exportación crecientes y libres de arancel para el comercio de vehículos ligeros 

Se mantiene en 35% la regla de origen en autopartes y vehículos ligeros, hasta llegar a 40% en 2019.

Se aplaza hasta el 31 de diciembre de 2018 la fecha para acordar modalidades, cupos y plazos para el comercio de vehículos ligeros.

Se regresará al libre comercio a partir del 19 de marzo de 2019.

 

El 28 de diciembre 2016 las autoridades brasileñas publicaron el Sexto Protocolo Adicional al Apéndice II del ACE No. 55, dicho instrumento regulará el comercio en el sector automotriz entre México y Brasil hasta el 19 de marzo de 2019. En particular, establece lo siguiente:

* Se establece el índice de contenido regional al que se sujetarán algunas  autopartes,  con un ICR de 10 hasta 30%, hasta el 18 de marzo de 2019. Algunos ejemplos: 

* 8408.20.00  ICR 30%

* 8483.10.00  ICR 25%

* 8708.10.00  ICR 10%

* A partir del 19 de marzo de 2019, México y Brasil deberán establecer una nueva fórmula de contenido regional. Con objeto de lo anterior las partes deberán iniciar las respectivas negociaciones el 18 de marzo de 2018.

Fuente: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5467910&fecha=28/12/2016

ACUERDO que modifica al diverso que determina las reglas para la aplicación del Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles.

El 6 de Enero de 2017, la Secretaría de Economía publicó, en el Diario Oficial de la Federación, un ACUERDO que modifica al diverso que determina las reglas para la aplicación del Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles.

El 31 de diciembre de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles con el objeto de establecer beneficios para el apoyo de la competitividad de la industria terminal productora de vehículos automotores ligeros nuevos, establecida en México, así como los requisitos para obtener dichos beneficios.

El 30 de junio de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo que determina las Reglas para la aplicación del Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles.

Entre los trámites que regula dicho Acuerdo se encuentran las solicitudes de autorización y de renovación de registro como empresas productoras de vehículos automotores ligeros nuevos en México previstos en el Decreto mencionado en el primer considerando.

El Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2013, tiene como propósito la optimización en el uso de los recursos públicos, el uso de nuevas tecnologías de la información y comunicación, y el impulso de la transparencia y la rendición de cuentas.

La implementación de un Sistema para la realización de trámites relacionados con el registro y renovación como empresas productoras de vehículos automotores ligeros nuevos en México, contribuirá al cumplimiento de digitalizar los trámites y servicios del Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado (CNTSE), con base en el objetivo de establecer una estrategia digital nacional que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del conocimiento, previsto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018

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